Trabajar solo en una subestación

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Cuando la soledad también es un riesgo eléctrico

Una subestación no es un centro de trabajo cualquiera

En una subestación eléctrica no estamos ante un espacio laboral ordinario. No hablamos de una oficina, de una sala administrativa ni de un almacén convencional. Hablamos de una instalación eléctrica de alta tensión, con equipos energizados, estructuras metálicas, mallas de puesta a tierra, cerramientos, armarios, embarrados, transformadores, aparamenta, servicios auxiliares y posibles situaciones de defecto eléctrico.

Por eso, desde CCOO consideramos que cualquier presencia laboral en una subestación de Red Eléctrica debe analizarse desde una lógica preventiva reforzada. No basta con decir que una tarea es “sencilla”, “rutinaria” o “de poca duración”. En una subestación, el entorno importa tanto como la tarea.

La cuestión central es clara: trabajar solo en una subestación no puede normalizarse. La soledad no es una condición neutra. Si ocurre algo, la ausencia de otra persona puede convertir un incidente en una emergencia grave.

El riesgo eléctrico no empieza solo cuando se toca un equipo

A veces se plantea el debate como si el riesgo eléctrico existiera únicamente cuando una persona interviene directamente sobre un equipo en tensión. Esa visión es demasiado limitada.

El Real Decreto 614/2001 define el riesgo eléctrico como el originado por la energía eléctrica e incluye expresamente el choque eléctrico por contacto directo, el contacto indirecto con masas puestas accidentalmente en tensión, las quemaduras por choque o arco eléctrico, las caídas o golpes derivados de choque o arco, y los incendios o explosiones originados por la electricidad. (BOE)

Por tanto, no hablamos solo de tocar un conductor. Hablamos también de masas metálicas que pueden quedar accidentalmente energizadas, arcos eléctricos, caídas producidas por una descarga, golpes asociados a una reacción involuntaria y otras consecuencias derivadas de la energía eléctrica.

En una subestación, el riesgo eléctrico está en el propio escenario físico de trabajo. Puede estar en el equipo, en la proximidad, en una masa metálica, en una estructura, en una puerta, en un cerramiento, en el terreno o en una situación anómala de explotación.

Tensión de paso y tensión de contacto: el argumento técnico decisivo

Hay un elemento que no puede obviarse: las subestaciones están obligadas a disponer de sistemas de puesta a tierra y a verificar las condiciones de seguridad asociadas a las tensiones de paso y contacto. El Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, aprobado por el Real Decreto 337/2014, incluye entre sus instrucciones técnicas complementarias la ITC-RAT 13, dedicada precisamente a las instalaciones de puesta a tierra. (BOE)

Esto tiene una importancia enorme. Si la normativa técnica obliga a controlar las tensiones de paso y contacto, es porque el riesgo existe y debe gestionarse. No es una hipótesis sindical exagerada. Es una realidad técnica propia de las instalaciones de alta tensión.

La tensión de paso puede aparecer cuando una persona pisa dos puntos del terreno que, durante una falta o defecto a tierra, se encuentran a distinto potencial. La tensión de contacto puede aparecer cuando una persona toca una masa metálica, una estructura, un cerramiento, un armario o cualquier elemento conductor que se encuentre a distinto potencial respecto al suelo que pisa.

Dicho de forma sencilla: en una oficina, caminar de una mesa a otra no suele tener relevancia eléctrica. En una subestación, dar un paso puede formar parte del análisis preventivo. Precisamente por eso existen las pruebas y verificaciones de paso y contacto.

La instalación completa forma parte del riesgo

Una subestación no es solo un lugar donde hay equipos eléctricos. Es una instalación eléctrica en sí misma.

Su terreno, sus estructuras metálicas, sus mallas de tierra, sus apoyos, sus puertas, sus envolventes, sus armarios, sus cerramientos y sus masas conductoras forman parte de un sistema diseñado para controlar las consecuencias de posibles defectos eléctricos.

Eso significa que no podemos reducir el debate a si una persona va a manipular o no un equipo concreto. La pregunta preventiva debe ser más amplia:

¿Va a entrar en un recinto de alta tensión?

¿Va a desplazarse por un patio eléctrico?

¿Va a tocar elementos metálicos?

¿Hay posibilidad de tensiones de paso o contacto?

¿Existen maniobras, trabajos simultáneos, descargos, reposiciones o incidencias?

¿Puede producirse una emergencia médica, una caída, una descarga o una pérdida de conocimiento?

Y, sobre todo: si ocurre algo, ¿quién auxilia a esa persona y en cuánto tiempo?

La NTP 344: el aislamiento exige riesgos totalmente controlados

La Nota Técnica de Prevención 344 del INSST, dedicada a los trabajos en situación de aislamiento, aporta un criterio preventivo esencial. Al analizar el trabajo en soledad, advierte que el riesgo eléctrico, el riesgo de explosión y el riesgo de incendio deberían estar totalmente controlados en aquellos trabajos que han de realizarse en soledad. (Portal INSST)

Conviene precisar algo importante. Una NTP no tiene el mismo rango jurídico que una ley o un real decreto. No es una norma reglamentaria en sentido estricto. Pero sí es un criterio técnico preventivo del organismo público de referencia en seguridad y salud laboral. Y, desde una perspectiva preventiva seria, no debería ignorarse.

Aplicado a las subestaciones, el mensaje es muy claro: si el riesgo eléctrico no puede considerarse totalmente controlado, el trabajo en aislamiento no debería autorizarse como práctica ordinaria.

Y en una subestación de alta tensión, donde existen tensiones de paso y contacto que deben ser verificadas, masas metálicas, equipos energizados, trabajos en proximidad, maniobras y posibles situaciones anómalas, la empresa debe acreditar de forma muy rigurosa que ese riesgo está efectivamente controlado antes de permitir que una persona trabaje sola.

Trabajar solo

La soledad agrava cualquier accidente

La soledad no siempre crea el riesgo inicial, pero puede multiplicar sus consecuencias.

Una descarga eléctrica puede dejar a una persona inconsciente. Una caída puede impedirle pedir ayuda. Una quemadura por arco puede requerir asistencia inmediata. Una indisposición médica dentro de una subestación puede agravarse si nadie detecta la situación. Un golpe, un tropiezo, una caída en patio o una reacción involuntaria tras un susto eléctrico pueden necesitar intervención rápida.

En prevención, el tiempo de respuesta importa. Mucho.

Por eso, el trabajo en soledad dentro de una subestación no debe valorarse solo desde la probabilidad de que ocurra algo. También debe valorarse desde la gravedad de las consecuencias si ocurre y nadie está presente para activar el auxilio.

Una persona sola dentro de una instalación eléctrica crítica está más expuesta no solo al accidente, sino también a la demora en la asistencia.

No todo es “trabajo en tensión”, pero todo exige evaluación reforzada

Debemos ser técnicamente rigurosos. No toda actividad dentro de una subestación es automáticamente un trabajo en tensión. No es lo mismo una maniobra, una medición, una inspección visual, una comprobación en servicios auxiliares, una revisión de comunicaciones, una visita técnica, un trabajo de mantenimiento o una actuación administrativa dentro del recinto.

Pero esa distinción no debilita nuestra posición. Al contrario, la hace más sólida.

Lo que defendemos es que toda actividad laboral en una subestación se desarrolla en un entorno eléctrico crítico. Por tanto, cualquier trabajo en soledad debe estar expresamente evaluado, justificado y autorizado. No puede derivarse de la rutina, de la falta de personal, de la presión organizativa o de una interpretación informal de que “no pasa nada”.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a garantizar una protección eficaz, evaluar los riesgos, planificar la prevención, adaptar las medidas a la realidad del trabajo, informar, formar y prever actuaciones de emergencia. Su texto consolidado figura actualizado oficialmente a 9 de abril de 2026. (BOE)

Esa obligación general tiene una traducción concreta: si cambia la condición de ejecución de la tarea, cambia también el análisis preventivo. Y trabajar solo dentro de una subestación es una condición de ejecución relevante.

La rutina no elimina el riesgo

Uno de los mayores enemigos de la prevención es la normalización del riesgo. Cuando una tarea se repite muchas veces, puede parecer menos peligrosa. Cuando una persona conoce bien una instalación, puede bajar la percepción de alerta. Cuando nunca ha pasado nada, se tiende a pensar que nunca pasará.

Pero la prevención no puede basarse en la costumbre ni en la buena suerte.

En instalaciones eléctricas de alta tensión, la experiencia profesional es imprescindible, pero no sustituye a las medidas preventivas. La cualificación ayuda, la formación protege, el procedimiento ordena, pero nada de eso convierte automáticamente en aceptable el trabajo en soledad.

Una persona muy cualificada también puede sufrir una caída, una descarga, una pérdida de conocimiento o una indisposición. La diferencia está en si hay alguien cerca para detectar el problema y activar la respuesta.

El trabajo en soledad no puede ser una solución organizativa

La empresa puede tener necesidades operativas. Puede haber desplazamientos, incidencias, inspecciones, revisiones o tareas urgentes. Pero esas necesidades no justifican convertir la soledad en una herramienta ordinaria de organización del trabajo.

Si una tarea requiere presencia en subestación y existen riesgos eléctricos reales o potenciales, la solución no puede ser enviar a una persona sola porque “es más eficiente”, “se tarda menos” o “siempre se ha hecho así”.

La eficiencia no puede construirse reduciendo garantías preventivas. Menos aún en instalaciones críticas.

Desde CCOO defendemos una idea muy clara: la falta de recursos, la presión de agenda o la búsqueda de ahorro organizativo no pueden traducirse en más exposición individual al riesgo.

Qué debería quedar prohibido

Nuestra posición debe ser firme. En subestaciones de Red Eléctrica no debería permitirse el trabajo en solitario cuando concurra cualquiera de estas circunstancias:

Trabajos con riesgo eléctrico real o potencial.

Trabajos en proximidad de instalaciones energizadas.

Maniobras, reposiciones, descargos o actuaciones asociadas a explotación.

Mediciones, ensayos, verificaciones o comprobaciones técnicas en patio o sobre equipos.

Inspecciones críticas en zonas exteriores de alta tensión.

Actuaciones con posibilidad de contacto con masas metálicas, envolventes, cerramientos, estructuras o elementos conductores.

Trabajos nocturnos, en condiciones meteorológicas adversas o con baja visibilidad.

Actuaciones durante incidencias, averías o situaciones anómalas.

Trabajos simultáneos con empresas contratistas o presencia de otros equipos.

Cualquier tarea en la que una caída, descarga, golpe, quemadura, indisposición o pérdida de conocimiento pueda requerir auxilio inmediato.

La regla debe ser sencilla: si el riesgo eléctrico no está totalmente controlado, no debe haber trabajo en aislamiento.

Qué excepciones podrían admitirse

Puede haber situaciones muy concretas en las que se pretenda autorizar una presencia individual dentro de una subestación. Pero esas situaciones deben ser excepcionales y no pueden quedar al criterio informal de cada unidad.

Como mínimo, cualquier excepción debería cumplir estas condiciones:

Evaluación específica de la tarea concreta.

Justificación preventiva documentada.

Autorización previa y expresa.

Identificación de zonas permitidas y zonas prohibidas.

Confirmación de que no hay maniobras, trabajos simultáneos ni condiciones anómalas.

Comunicación de entrada y salida.

Contacto periódico obligatorio.

Sistema de localización o alarma personal cuando proceda.

Tiempo máximo de respuesta definido.

Procedimiento de emergencia conocido y probado.

Formación específica de la persona trabajadora.

Consulta previa a la representación legal de las personas trabajadoras cuando se establezcan criterios generales.

Sin esas garantías, permitir trabajo en soledad dentro de una subestación sería preventivamente inaceptable.

El Comité de Seguridad y Salud debe participar

Este asunto no puede resolverse de forma unilateral ni informal. La representación legal de las personas trabajadoras y el Comité de Seguridad y Salud deben participar en la evaluación, seguimiento y revisión de cualquier criterio sobre trabajos en soledad en subestaciones.

También debería revisarse la información disponible sobre incidentes, casi accidentes, avisos, sustos, intervenciones en solitario, tiempos de respuesta, comunicaciones fallidas, accesos individuales y cualquier situación que permita identificar riesgos reales.

La prevención no se hace solo con procedimientos escritos. Se hace con participación, vigilancia, revisión y mejora continua.

Propuesta de CCOO

Desde CCOO defendemos que el XIII Convenio o, como mínimo, un procedimiento interno negociado, debe incorporar una regulación específica sobre trabajos en soledad en subestaciones.

Esa regulación debería incluir los siguientes compromisos:

Reconocimiento expreso de las subestaciones como entornos de riesgo eléctrico y alta criticidad preventiva.

Prohibición general del trabajo en solitario en tareas con riesgo eléctrico real o potencial.

Aplicación del criterio técnico de la NTP 344: el riesgo eléctrico debe estar totalmente controlado para admitir cualquier trabajo en soledad.

Evaluación específica de cualquier tarea que se pretenda realizar individualmente dentro de una subestación.

Autorización previa documentada para cualquier excepción.

Presencia acompañada obligatoria en maniobras, ensayos, verificaciones, inspecciones críticas, trabajos en proximidad, incidencias y trabajos con posible exposición a tensiones de paso o contacto.

Protocolos de comunicación, localización y emergencia.

Control efectivo de entrada, permanencia y salida.

Formación específica sobre riesgo eléctrico, tensiones de paso y contacto, emergencias y limitaciones del trabajo individual.

Revisión periódica de incidentes y casi accidentes.

Participación de la representación legal de las personas trabajadoras y del Comité de Seguridad y Salud.

Dotación suficiente de personal para que la seguridad no dependa de soluciones individuales improvisadas.

No se trata de desconfianza, sino de prevención

A veces estos debates se presentan de forma equivocada, como si exigir presencia acompañada fuera una muestra de desconfianza hacia la profesionalidad de la plantilla. Nada más lejos.

Las personas que trabajan en subestaciones conocen muy bien su oficio. Precisamente por eso saben que el riesgo eléctrico exige respeto, procedimiento y medios adecuados.

No se trata de desconfiar de nadie. Se trata de no dejar sola a una persona ante un entorno donde una emergencia puede requerir ayuda inmediata.

La prevención seria no consiste en confiar en que todo irá bien. Consiste en prepararse para cuando algo pueda ir mal.

Conclusión: en una subestación, trabajar solo no debe ser la norma

Una subestación no es un lugar cualquiera. Es una instalación eléctrica de alta tensión donde el riesgo puede estar en el equipo, en la proximidad, en una masa metálica, en el terreno, en una tensión de paso, en una tensión de contacto o en una situación anómala.

Por eso, trabajar solo dentro de una subestación no puede tratarse como una simple decisión organizativa. Es una decisión preventiva de primer orden.

Desde CCOO defendemos que el trabajo en soledad en subestaciones debe quedar prohibido cuando exista riesgo eléctrico real o potencial. Y cuando se pretenda admitir alguna excepción, deberá acreditarse que el riesgo está totalmente controlado, con evaluación específica, autorización documentada, comunicación permanente, medios de localización y auxilio inmediato.

Porque en riesgo eléctrico, llegar tarde puede ser llegar demasiado tarde.

Y porque proteger a la plantilla no es un coste añadido. Es una obligación legal, técnica y moral.

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